NOMBRAMIENTO DOCENTE: AUTORIDADES DEBEN BRINDAR FACILIDADES A DOCENTES CONTRATADOS para que participen en la entrevista y aplicación de rúbricas del concurso de ingreso a la Carrera Pública Magisterial
NOMBRAMIENTO DOCENTE: AUTORIDADES DEBEN BRINDAR FACILIDADES A DOCENTES CONTRATADOS para que participen en la entrevista y aplicación de rúbricas del concurso de ingreso a la Carrera Pública Magisterial
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
NOMBRAMIENTO DOCENTE 2022 | CONTRATACIÓN DOCENTE 2023-2024
RVM N° 081-2022-MINEDU| RVM N° 006-2023-MINEDU | RVM N° 015-2023-MINEDU | RVM_016-2023-MINEDU
https://evaluaciondocente.perueduca.pe/nombramiento2022
Lima, 19 de junio de 2023
OFICIO MÚLTIPLE N° 00090-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD
Señores (as)
DIRECTORES REGIONALES DE EDUCACIÓN
GERENTES REGIONALES DE EDUCACIÓN
DIRECTORES DE UNIDADES DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL
Presente.-
Asunto: Brindar facilidades a docentes contratados para que participen en la entrevista y aplicación de rúbricas del concurso de ingreso a la Carrera Pública Magisterial.
Referencias: a) Oficio N° 251-2023/CEN SUTEP
b) RVM N° 081-2022-MINEDU1
c) DS N° 001-2023-MINEDU2
d) MEMORANDUM N° 03654-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED
De mi consideración:
Tengo el agrado de dirigirme a ustedes, en atención al documento de la referencia a) a través del cual, el Secretario General del Sindicato Único de Trabajadores en la Educación del Perú – SUTEP, solicita se brinden facilidades a los maestros y maestras contratados en calidad de postulantes, para asistir a las instituciones educativas que han sido determinadas para la aplicación de instrumentos de evaluación, en el marco de la etapa descentralizada del concurso de ingreso a la Carrera Pública Magisterial 2022.
Sobre el particular, el artículo 4 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, establece que: “El profesor es un profesional de la educación, con título de profesor o licenciado en educación, con calificaciones y competencias debidamente certificadas que, en su calidad de agente fundamental del proceso educativo, presta un servicio público esencial dirigido a concretar el derecho de los estudiantes y de la comunidad a una enseñanza de calidad, equidad y pertinencia. Coadyuva con la familia, la comunidad y el Estado, a la formación integral del educando, razón de ser de su ejercicio profesional”.
En ese sentido, para poder garantizar el pleno ejercicio del derecho a la educación, a favor de los estudiantes se requiere una educación de calidad, para ello es fundamental la idoneidad del profesional de la educación, dicha idoneidad requiere el conocimiento técnico, legal y moral; es por ello que la Ley N° 28044, Ley General de Educación, considerando el marco legal nacional como supranacional, para el acceso al ejercicio de dicha labor, ha precisado que se hace mediante concurso público.
El régimen laboral del magisterio público se sustenta en principios, entre estos, el referido al principio del derecho laboral, que establece que las relaciones individuales y colectivas de trabajo aseguran la igualdad de oportunidades y la no discriminación, el carácter irrenunciable de los derechos reconocidos por la Constitución y la interpretación más favorable al trabajador, en caso de duda insalvable.
En ese orden de argumentación tenemos que el artículo 24 del DS N° 001-2023-MINEDU que norma la contratación docente, no ha regulado, entre los derechos de los docentes contratados, lo requerido por el SUTEP. Por ello, invocando lo regulado en la Décima Segunda Disposición Complementaria Final del referido decreto supremo que señala que “Todo aquello que no sea contemplado por la presente norma será absuelto por la Dirección Técnico Normativa de Docentes de la Dirección General de Desarrollo Docente, en coordinación con las dependencias del Minedu, en caso corresponda”, resulta necesario evaluar lo solicitado.
Al respecto, el documento de la referencia d) a través del cual la Dirección de Evaluación Docente, argumenta que se evalúe el brindar las facilidades a los postulantes del Concurso Público de Ingreso a la CPM-2022 para que puedan asistir a la convocatoria de sus respectivos Comités de Evaluación y por ende a la aplicación del mencionado instrumento, considerando que, según lo dispuesto en el literal h) del numeral 5.4.1.1 del Documento Normativo que regula el Concurso Público de Ingreso a la CPM-2022, el no participar en las actividades programadas en el cronograma del concurso, es una causal de retiro.
En ese sentido, se les solicita que, de manera excepcional dispongan que los directores de las instituciones educativas donde laboran los docentes en la condición de contratados y que se encuentren participando en el concurso de ingreso a la Carrera Pública Magisterial 2022, se les brinde las facilidades para que puedan participar en su evaluación en la fecha que les haya sido programada, y en el caso de los docentes contratados en programas que dependen directamente de la UGEL, corresponde al Jefe de Gestión Pedagógica brindar estas facilidades.
Finalmente, las facilidades que le otorguen a los profesores que lo soliciten con el debido sustento, deberán ser compensados en otras fechas, para lo cual cada director de institución educativa se encarga del cumplimiento de la recuperación de las horas dejadas de laborar, la misma que debe ser remitida a la UGEL en el reporte de asistencia mensual.
Hago propicia la oportunidad para expresarles los sentimientos de mi especial consideración.
Atentamente,
(Documento firmado digitalmente)
MARÍA ESTHER CUADROS ESPINOZA
Directora General
Dirección General de Desarrollo Docente
Ver documento:
Descargar: OFICIO_MULTIPLE-00090-2023-MINEDU-VMGP-DIGEDD
CRONOGRAMA EXCEPCIONAL DE NOMBRAMIENTO:
https://evaluaciondocente.perueduca.pe/nombramiento2022/prueba-excepcional
CRONOGRAMA DE NOMBRAMIENTO DOCENTE 2022 (Actualizado):
https://evaluaciondocente.perueduca.pe/nombramiento2022/cronograma
Más información sobre Etapa Descentralizada:
Todo sobre la etapa descentralizada: https://evaluaciondocente.perueduca.pe/nombramiento2022/etapa-descentralizada/
Ver también: Todo sobre la ETAPA DESCENTRALIZADA
Ver plataforma de NOMBRAMIENTO 2022:
https://evaluaciondocente.perueduca.pe/nombramiento2022
Ver normativa de nombramiento 2022:
https://evaluaciondocente.perueduca.pe/nombramiento2022/normatividad
RVM N° 027-2023-MINEDU | Aprobar el cronograma excepcional en el Marco del Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial -2022 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica, para aquellos postulantes que no lograron rendir la Prueba Nacional en el departamento de Ica y en el centro de evaluación Mariscal Cáceres de la Provincia de Huamanga-Ayacucho
RVM_016-2023-MINEDU| Modifican el cronograma del Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial – 2022 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica.
RVM N° 015-2023-MINEDU | Modifican el documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial – 2022 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica”.
RVM N° 006-2023-MINEDU | Incorporan el numeral 5.7.13 al documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial – 2022 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica”, aprobado mediante R.VM. N° 081-2022-MINEDU
RVM Nº 005-2023-MINEDU | Modificar el cronograma del Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial – 2022 y que Determina los Cuadros de Merito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica, aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 082-2022-MINEDU y modificado por Resolución Viceministerial N° 164-2022-MINEDU, el cual queda redactado conforme a anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
RVM N° 164-2022-MINEDU | Modificar el cronograma del Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial – 2022 y que Determina los Cuadros de Merito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas en Educación Básica, aprobada mediante Resolución Viceministerial N° 082-2022-MINEDU, el cual queda redactado conforme al anexo que forma parte integrante de la presente Resolución
RVM N° 082-2022-MINEDU| Cronograma del Concurso Público de Ingreso a La Carrera Pública Magisterial – 2022 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica
RVM N° 081-2022-MINEDU| Aprueban “Disposiciones que regulan el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial – 2022 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica”
Ley N° 29944 | Ley de Reforma Magisterial, reglamento y modificaciones
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