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Requisitos para percibir el Pago del Bono de Atracción del último nombramiento 2024

Ministerio de Educación | Evaluación Docente | Nombramiento Docente 2024 | Bono de atracción | Ganadores | ¿Cuándo se pagará?

MINISTERIO DE EDUCACIÓN
NOMBRAMIENTO DOCENTE 2024
Resolución Viceministerial N° 037-2024-MINEDU
https://evaluaciondocente.perueduca.pe/nombramiento24

Bono de atracción  – Ingreso CPM 2024

El bono de atracción se otorga a los docentes que ingresan a la Carrera Pública Magisterial (CPM) en el tercio superior, en el orden final de méritos de los concursos públicos de nombramiento. Este proceso se inició en el concurso del año 2015 y, en el mismo marco, se reconocerá a un nuevo grupo de docentes correspondiente al concurso del año 2024.

¿Cuáles son los requisitos para percibir el bono?

Los beneficiarios deberán cumplir con los siguientes requisitos para continuar percibiendo el pago del bono:

  1. Tener nombramiento vigente.
  2. Haber realizado labor efectiva como docente de la CPM en la institución educativa donde se nombró o en otra institución educativa diferente, a partir de dicho nombramiento, en el marco de la LRM (Capítulo XIV). Se debe tener por lo menos cinco (5) meses continuos o acumulados durante el año lectivo hasta la fecha de validación por parte de la UGEL (15 de setiembre). Se contabiliza como labor efectiva los periodos de licencia con goce de remuneraciones, de acuerdo a lo señalado en los subliterales a1, a2, a3 y a4, del literal a, del artículo 71 de la LRM.
  3. No haber sido retirado de la CPM, según el artículo 53 de la LRM.

¿Pueden suspender el pago del bono a un beneficiario?

Sí. Si un beneficiario no cumple con los requisitos establecidos, se genera la suspensión del pago y la DRE o UGEL debe notificar al docente. La suspensión, en uno o más periodos, no genera derecho a reintegro en caso se cumpla con los requisitos para percibirlo en los siguientes periodos.

¿Se puede perder el derecho al bono una vez otorgado?

Sí. Un beneficiario pierde el derecho al otorgamiento del bono si ocurriera una o más de las siguientes situaciones:

  1. Se deje sin efecto el nombramiento.
  2. Declaración de nulidad de la resolución de nombramiento.
  3. Renuncia a la CPM.
  4. Cese.
  5. Fallecimiento.
  6. Inhabilitación para el ejercicio de la función pública.
  7. Tener sanción administrativa disciplinaria de suspensión, cese temporal o destitución del servicio educativo en el periodo de verificación, salvo que su ejecutoriedad haya sido suspendida por la autoridad competente.
  8. Tener sentencia condenatoria, consentida y/o ejecutoriada por los delitos consignados en la Ley 29988 y a los que se hace referencia en el artículo 1 de la Ley 30794, y el artículo 2 de la Ley 30901, sin perjuicio de la inscripción de dichas sentencias en los registros o subregistros que se implementen en el marco de las mencionadas leyes.

La DRE o UGEL correspondiente verificará si se configuró alguna de las situaciones antes descritas y notificará al docente en caso de pérdida del bono.

LISTA DE BENEFICIARIOS DEL BONO DE ATRACCIÓN:

A continuación, el proceso de asignación del Bono de Atracción, la lista de beneficiarios y el resumen de los resultados.

Ver lista aquí: Beneficiarios del Bono – Ingreso a la CPM 2024

Ver además:

Visite los enlaces oficiales del Bono de Atracción del Nombramiento Docente 2024.

BONO DE ATRACCIÓN:

https://evaluaciondocente.perueduca.pe/nombramiento24/bono-de-atraccion

Más información aquí: Bono de atracción – Ingreso CPM 2024

Sitio web de Nombramiento Docente 2024:

https://evaluaciondocente.perueduca.pe/nombramiento24

Ver Normativa:

RVM N° 103-2024-MINEDU | Modifican fechas de las Actividades 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19 del Anexo XIV de la Norma Técnica denominada “Norma que regula el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública – 2024 y que determina la relación de postulantes habilitados para la Contratación Docente 2025-2026 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica”.

RVM N° 049-2024-MINEDU | Modifican Norma que regula el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública – 2024 y que determina la relación de postulantes habilitados para la Contratación Docente 2025-2026 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica, aprobada por R.VM. Nº 037-2024-MINEDU.

Resolución Viceministerial N° 037-2024-MINEDU | 3 de abril de 2024 | Aprobar la Norma Técnica denominada “Norma que regula el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial – 2024 y que determina la relación de postulantes habilitados para la Contratación Docente 2025-2026 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica”, la misma que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. PDF | 1.4 MB | Descargar

LEY DE REFORMA MAGISTERIAL:

Ley N° 29944: Ley de Reforma Magisterial, reglamento y modificaciones

REFORMA MAGISTERIAL:

Link Oficial: https://www.minedu.gob.pe/reforma-magisterial

Facebook del MINEDU:

https://www.facebook.com/mineduperu

Web Oficial del MINEDU:

http://www.minedu.gob.pe

Diario El Peruano:

http://elperuano.pe

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