Gratificación por Fiestas Patrias 2024: ¿Qué trabajadores del Sector Público Reciben SUELDO COMPLETO de Gratificación?
Mientras que según el Decreto Supremo N° 124-2024-EF el trabajador del sector público recibirá por concepto de AGUINALDO POR FIESTAS PATRIAS, la suma de S/ 300, un grupo reducido de trabajadores del estado recibirán el GRATIFICACIÓN DE LUJO DE UNA REMUNERACIÓN ÍNTEGRA Y UNA BONIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DEL 9% DE ESSALUD, conforme a la Ley N° 27735, Ley que regula el Otorgamiento de las Gratificaciones para los Trabajadores del Régimen de la Actividad Privada por Fiestas Patrias y Navidad, para la percepción de la gratificación correspondiente por Fiestas Patrias.
¿Qué entidades del estado pertenecen al régimen laboral de la actividad privada?
El 17 de agosto del año 2017, se publicó en el diario El Peruano la Ley 30647 que precisa el régimen laboral de las tres entidades que fueron excluidas del alcance de la Ley 30057, denominada Ley Servir, a saber: los trabajadores del Congreso, del Banco Central de Reserva del Perú (BCR) y de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, cuyo régimen comprende, conforme a la norma publicada, los beneficios laborales de la actividad privada.
Cabe recordar que la exclusión de los trabajadores de estos organismos de la Ley de Servicio Civil ha sido materia de amplia discusión por el Tribunal Constitucional, el que al resolver las diversas demandas que cuestionaban la constitucionalidad de la norma declaró inconstitucional la exclusión de los trabajadores de esas instituciones, en razón de que, en el caso particular del Congreso «no tiene una progresión específica ni carácter especial que justifique el tratamiento diferenciado».
Siguiendo ese mismo razonamiento, en relación con los trabajadores del BCR y de la SBS el colegiado constitucional enfatizó que: «No se evidencia justificación válida o base objetiva alguna que sustente la exclusión de aquellos servidores públicos de los alcances de la Ley del Servicio Civil, por lo que dicha exclusión resulta arbitraria e irrazonable, y por lo mismo, el precepto legal impugnado deviene en inconstitucional».
Ver normativa aquí:
Revise las fuentes oficiales…!!!
Ver sitio oficial de Leyes del Congreso de la República:
Sitio oficial del Congreso de la República:
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