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Aguinaldo Julio 2023: ¿Cuánto monto será y cuales son los requisitos para recibir? | D.S. Nº 150-2023-EF

Aguinaldo Julio 2023: ¿Cuánto monto será y cuales son los requisitos para recibir? Decreto Supremo Nº 150-2023-EF

En relación con las celebraciones de las Fiestas Patrias, el gobierno tiene previsto realizar el depósito del aguinaldo a los trabajadores del sector público durante el mes de julio. Sería conveniente verificar si este monto es mayor o menor en comparación con años anteriores.

De acuerdo con la legislación nacional, el aguinaldo constituye una bonificación específica que se otorga exclusivamente a los funcionarios públicos y empleados nombrados y contratados. Esta bonificación se abonará en las nóminas de pago correspondientes al mes de julio.

Es importante destacar que dicho monto no posee carácter remunerativo, compensatorio ni pensionable. Asimismo, no está sujeto a las cargas sociales ni se incluye en la base de cálculo para la determinación de cualquier otro tipo de beneficio.

¿Cuánto monto será el Aguinaldo por Fiestas Patrias 2023?

Según el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 150-2023-EF, el establecen la suma de S/ 300,00 (TRESCIENTOS Y 00/100 SOLES), el cual se abona, por única vez, en la planilla de pagos del mes de julio de 2023.

¿Quiénes reciben el Aguinaldo por Fiestas Patrias 2023?

Según el Artículo 2 Decreto Supremo Nº 150-2023-EF

2.1 En el marco de lo establecido en el literal a) del numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, el Aguinaldo por Fiestas Patrias se otorga a favor de los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, la Ley Nº 29944 y la Ley Nº 30512; los docentes universitarios a los que se refiere la Ley Nº 30220; el personal de la salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1153; los obreros permanentes y eventuales del Sector Público; el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú; y los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley Nº 15117, los Decretos Leyes Nº 19846 y Nº 20530, el Decreto Supremo Nº 051-88-PCM y la Ley Nº 28091.

2.2 De acuerdo con lo dispuesto por el numeral 7.3 del artículo 7 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, los trabajadores contratados bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, en el marco de la Ley Nº 29849, perciben por concepto de Aguinaldo por Fiestas Patrias, que se incluye en la planilla de pagos correspondiente a julio de 2023, hasta el monto al que hace referencia el literal a) del numeral 7.1 del artículo 7 de la citada Ley.

¿Cuáles son los requisitos para la percepción del Aguinaldo por Fiestas Patrias?

Según el Artículo 4 Decreto Supremo Nº 150-2023-EF los requisitos son:

El personal señalado en el artículo 2 del presente Decreto Supremo tiene derecho a percibir el Aguinaldo por Fiestas Patrias, siempre que cumpla de manera conjunta con las siguientes condiciones:

a) Haber estado laborando al 30 de junio del presente año, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.

b) Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres (03) meses al 30 de junio del presente año. Si no contara con el referido tiempo de tres (03) meses, dicho concepto se abona en forma proporcional a los meses y días laborados.

¿Cuáles son las Incompatibilidades?

Según el Artículo 6 Decreto Supremo Nº 150-2023-EF, la percepción del Aguinaldo por Fiestas Patrias dispuesto por la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, es incompatible con la percepción de cualquier otro beneficio en especie o dinerario de naturaleza similar que, con igual o diferente denominación, otorga la entidad pública, independientemente de la fecha de su percepción en el presente año fiscal.

¿Cuáles son los montos de Aguinaldo para Jornadas parciales?

Según Artículo 7 Decreto Supremo Nº 150-2023-EF, Aguinaldo por Fiestas Patrias para el Magisterio Nacional y para servidores en jornada parcial o incompleta

7.1 Para el Magisterio Nacional, el Aguinaldo por Fiestas Patrias se calcula de acuerdo con lo previsto en la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, otorgándose a los docentes con jornada laboral completa un monto no menor al señalado en el literal a) del numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023.

7.2 Para el caso de los servidores comprendidos en regímenes de carrera propia que laboran a tiempo parcial o jornada laboral incompleta, el Aguinaldo por Fiestas Patrias es de aplicación proporcional a su similar que labora a tiempo completo, bajo responsabilidad del Jefe de la Oficina de Administración o quien haga sus veces en la entidad respectiva.

¿Aguinaldo para los Internos de Medicina Humana y Odontología?

Artículo 9 del Decreto Supremo Nº 150-2023-EF

Los internos de Medicina Humana y de Odontología reciben de Aguinaldo por Fiestas Patrias la suma de S/ 100,00 (CIEN Y 00/100 SOLES), en el marco de lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 016-2020, el mismo que no está afecto a cargas sociales.

AGUINALDO PARA EL SECTOR PRIVADO:

Artículo 11 del Decreto Supremo Nº 150-2023-EF. Régimen Laboral de la Actividad Privada

11.1 Los trabajadores del Sector Público que se encuentran bajo el régimen laboral de la actividad privada se sujetan a lo establecido por la Ley Nº 27735, Ley que regula el Otorgamiento de las Gratificaciones para los Trabajadores del Régimen de la Actividad Privada por Fiestas Patrias y Navidad, para la percepción de la gratificación correspondiente por Fiestas Patrias.

11.2 Asimismo, no están comprendidas en los alcances de los artículos 2 y 8 del presente Decreto Supremo las entidades sujetas al régimen laboral de la actividad privada que, por dispositivo legal o negociación colectiva, vienen otorgando montos por concepto de gratificación con igual o diferente denominación, bajo responsabilidad del Jefe de la Oficina de Administración o quien haga sus veces.

Según la Ley Nº 30647, El Congreso de la República, del Banco Central de Reserva del Perú y de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones se rigen por el régimen laboral de la actividad privada y no están comprendidos dentro de los alcances de las normas que regulan la gestión de recursos humanos del servicio civil, es decir recibirán el sueldo completo por concepto de Aguinaldo por Fiestas Patrias 2023.

Ver normativa: 

Decreto Supremo N° 150-2023-EF | Decreto Supremo que dicta disposiciones reglamentarias para el otorgamiento del Aguinaldo por Fiestas Patrias

Ministerio de Economía y Finanzas:

https://www.gob.pe/mef

Diario El Peruano:

http://elperuano.pe

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