PAGO DE DEUDAS SOCIALES 2022: CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN PARA LA ATENCIÓN DEL PAGO DE DEUDAS SOCIALES CON SENTENCIA (Decreto Supremo N° 004-2022-MINEDU)

PAGO DE DEUDAS SOCIALES 2022: CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN PARA LA ATENCIÓN DEL PAGO DE DEUDAS SOCIALES CON SENTENCIA (Decreto Supremo N° 004-2022-MINEDU)

Decreto Supremo que aprueba los criterios de priorización para la atención del pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución del Sector Educación

DECRETO SUPREMO Nº 004-2022-MINEDU

DECRETA:

Artículo 1.- Aprobación

Apruébase los criterios de priorización para la atención del pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución del sector Educación, que se financia con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, en el marco de lo establecido en la Décima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2022, los mismos que como Anexo forman parte integrante del presente Decreto Supremo.

Artículo 2.- Difusión

El presente Decreto Supremo y su Anexo son publicados en los portales institucionales del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) y del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 3.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Educación y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta y un días del mes de enero del año dos mil veintidós.

JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES

Presidente de la República

ROSENDO LEONCIO SERNA ROMÁN

Ministro de Educación

ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ

Ministro de Justicia y Derechos Humanos

VER NORMATIVA:

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Sitio oficial del Diario El Peruano:

https://elperuano.pe

Web Oficial del MINEDU:

http://www.minedu.gob.pe

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