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No existe presupuesto para Nombramiento Excepcional

No existe presupuesto para Nombramiento Excepcional
OFICIO N.º 06013-2026-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN

Los 5 puntos más importantes del oficio

1. El MINEDU solicitó S/ 117 576 538 al MEF.

El documento señala que el Ministerio elaboró una ficha presupuestal para solicitar al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) esa cantidad de dinero, destinada a financiar la conversión de bolsas de horas en plazas orgánicas. Según el oficio, el expediente se encuentra en la Dirección de Presupuesto Temático del MEF desde el 6 de marzo de 2026.

2. El Ministerio reconoce que actualmente no cuenta con esos recursos.

Este es uno de los puntos centrales del documento. En su numeral 5, el MINEDU indica que la implementación integral de la Ley N.º 32390 depende de la asignación de los recursos adicionales solicitados. Mientras no se disponga de ese presupuesto, señala que no es posible ejecutar plenamente las acciones previstas en la ley.

3. La ley contempla el nombramiento excepcional de docentes que aprobaron las dos etapas del concurso de 2022.

El oficio recuerda que la Ley N.º 32390 fue publicada el 18 de junio de 2025 y que busca autorizar el nombramiento excepcional de docentes de Educación Básica que aprobaron ambas etapas del concurso de ingreso a la Carrera Pública Magisterial, mediante la adjudicación de plazas vacantes y en estricto orden de mérito. También señala que deben adecuarse las disposiciones normativas para desarrollar el proceso de adjudicación.

4. El caso está pendiente de pronunciamiento del Tribunal Constitucional, según el oficio.

El documento indica que se presentó una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley N.º 32390 el 28 de agosto de 2025. Añade que, tras la audiencia pública del 28 de abril de 2026, la causa quedó para emitir sentencia. Por tanto, el MINEDU también considera el pronunciamiento del Tribunal Constitucional al continuar las acciones relacionadas con la implementación de la ley.

5. No anuncia una fecha para el nombramiento ni confirma que el proceso vaya a ejecutarse próximamente.

El MINEDU afirma que continuará realizando las acciones correspondientes dentro de sus competencias, teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestal y el pronunciamiento del Tribunal Constitucional. Sin embargo, el oficio no establece un cronograma, no fija una fecha de nombramiento ni confirma que el MEF haya aprobado los recursos solicitados.

¿Qué significa realmente para los docentes?

En términos sencillos, el oficio presenta dos asuntos que condicionan la implementación integral de la ley:

  • El presupuesto: el MINEDU ha solicitado los recursos, pero declara que todavía no dispone de ellos.

  • La situación constitucional de la ley: el documento señala que el Tribunal Constitucional debe emitir su pronunciamiento.

Por ello, no sería correcto afirmar que el nombramiento excepcional ya está aprobado para ejecutarse, pero tampoco que el oficio declara derogada o anulada la Ley N.º 32390. Lo que comunica expresamente es que la implementación integral no puede ejecutarse en las condiciones actuales, mientras no se atienda la necesidad presupuestal y se considere el pronunciamiento constitucional.

El MINEDU reconoce que aún no cuenta con los recursos necesarios para implementar plenamente la Ley N.º 32390 y señala que las acciones pendientes también estarán sujetas al pronunciamiento del Tribunal Constitucional.

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Sitio web oficial del MINEDU:

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