AUMENTO DE SUELDO: En los meses de marzo y noviembre del 2022, para docentes nombrados y contratados, según Proyecto de Ley de Presupuesto 2022
AUMENTO DE SUELDO: En los meses de marzo y noviembre del 2022, para docentes nombrados y contratados, según Proyecto de Ley de Presupuesto 2022.
Artículo 61. Incremento de remuneraciones y asignaciones
61.1 Exceptúase al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales, durante el Año Fiscal 2022, de lo establecido en el artículo 6 y en el numeral 9.1 del artículo 9 de la presente Ley, según corresponda, a efectos de incrementar, mediante decreto supremo Refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a propuesta de este último, lo siguiente:
a) La Remuneración Íntegra Mensual (RlM) de los profesores de la Carrera Pública Magisterial de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, así como la remuneración mensual de profesor contratado en el marco de la Ley N° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones. El incremento a que hace referencia el presente literal se efectúa en dos oportunidades, en los meses de marzo y noviembre del Año Fiscal 2022.
b) La asignación por jornada de trabajo adicional según la escala magisterial en que se encuentra el profesor encargado en cargo directivo o jerárquico de institución educativa o de especialista en educación, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 306-2017-E17. El incremento de esta asignación se efectúa en dos oportunidades en los mismos periodos en que se incrementa la Remuneración Integra Mensual (RIM) de los profesores de la Carrera Pública Magisterial de la Ley N° 29944, conforme a lo dispuesto en el literal precedente.
61.2 Para efectos de lo dispuesto en el numeral precedente, autorízase al Ministerio de Educación, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales, las cuales se aprueban
mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a solicitud de este último.
PROYECTO DE LEY N° 00099/2021-PE.- Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022
Anexos y proyecto de ley aquí: Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022
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