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PROFESORES Y PADRES DE FAMILIA tendrán libre tránsito en 32 provincias de riesgo extremo que seguirán en cuarentena total entre otras disposicionales (Decreto Supremo Nº 023-2021-PCM)

PROFESORES Y PADRES DE FAMILIA tendrán libre tránsito en 32 provincias de riesgo extremo que seguirán en cuarentena total entre otras disposicionales (Decreto Supremo Nº 023-2021-PCM)

Según el Decreto Supremo Nº 023-2021-PCM, publicado hoy en el diario El Peruano, indica que estas personas quedan exceptuadas de las limitaciones a la libertad de tránsito durante la recepción y recojo de materiales educativos, servicios de alimentación escolar y mantenimiento de infraestructuras, equipos y mobiliario.

Artículo 4.- Incorporación del numeral 8.9 al artículo 8 y el artículo 14 al Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM

Incorpórase el numeral 8.9 al artículo 8 y el artículo 14 al Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM, con el siguiente texto:

“Artículo 8.- Nivel de Alerta por Provincia y Departamento y limitación al ejercicio del derecho a la libertad de tránsito de las personas (…)

8.9 Se exceptúa de las limitaciones a la libertad de tránsito a los directivos, docentes, auxiliares, personal administrativo y contratistas que realicen actividades vinculadas a la planificación, organización y desarrollo del año escolar, al proceso de matrícula 2021, a los servicios de infraestructura, vigilancia y/o guardianía, distribución de materiales educativos, alimentación escolar y mantenimiento de infraestructuras, equipos y mobiliario. También quedan exceptuados los padres de familia, apoderados, tutores y los estudiantes de educación básica alternativa y educación superior respecto de las actividades vinculadas a los procesos de admisión y matrícula 2021, recepción y recojo de materiales educativos, servicios de alimentación escolar y mantenimiento de infraestructuras, equipos y mobiliario. El Ministerio de Educación, en ejercicio de su rectoría, dicta las disposiciones pertinentes, en el marco de las medidas sanitarias vigentes y, en coordinación con los sectores competentes, de corresponder”

Ver normativa:  Decreto Supremo Nº 023-2021-PCM

 

Descargar aquí: Decreto Supremo Nº 023-2021-PCM

¿Qué regiones y provincias estarán en cuarentena?

  • Amazonas: Utcubamba
  • Arequipa: Camaná, Islay, Caylloma y Arequipa
  • Ayacucho: Huamanga
  • Cajamarca: Cutervo
  • Cusco: Canchis y La Convención
  • Huancavelica: Huancavelica
  • Ica: Ica, Chincha y Pisco
  • Lima: Lima Metropolitana, Huaura, Cañete, Barranca y Huaral
  • Callao
  • Junín: Huancayo, Tarma, Yauli y Chanchamayo
  • Tacna: Tacna
  • Huánuco: Huánuco
  • Puno: Puno
  • Áncash: Santa
  • Apurímac: Abancay
  • Pasco: Pasco
  • Loreto: Maynas y Ramón Castilla
  • Moquegua: Ilo.

Ver también (disposiciones anteriores): DS Nº 008-2021-PCM:

Descargar aquí: DS Nº 008-2021-PCM

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