Preguntas frecuentes sobre el TRABAJO REMOTO [Más información aquí]

Preguntas frecuentes sobre el TRABAJO REMOTO [Más información aquí]

Estimados servidores de las DRE, GRE, UGEL e IIEE, con el objetivo de poder
absolver sus dudas e inquietudes relacionadas al trabajo remoto y temas
sobre recursos humanos durante el estado de emergencia nacional, les
presentamos el siguiente documento con preguntas frecuentes.

Temas:

  • Trabajo remoto
  • Remuneraciones
  • Sanciones
  • Licencias
  • Contratación
  • Reasignación
  • Cese o retiro
  • Cuadro de horas
  • Racionalización docente

¿Cómo sustenta el docente el trabajo remoto?

El docente debe elaborar dos informes, el primero sobre el balance del tiempo de trabajo remoto a fin de evaluar las dificultades y logros durante este periodo y el segundo informe de planificación curricular, en el que presenta la programación del trabajo con los estudiantes, una vez se reinicien las labores Los docentes deberán presentar ambos informes al director de su institución educativa durante la primera semana de reinicio de las labores presenciales.

¿Cómo sustenta el director el trabajo remoto?

El director o subdirector a cargo de la institución educativa elabora un plan de trabajo con los docentes que incluye un cronograma de actividades pedagógicas El director o subdirector deberá elaborar un informe sobre el cumplimiento de este plan que será presentado a la UGEL cuando se reinicien las labores presenciales En el caso de los PRONOEI esta tarea
estará a cargo de la profesora coordinadora. Base legal numerales 5 6 2 5 6 3 y 5 6 4 de la RVM N 088 2020 MINEDU.

¿Qué medidas se adoptarán ante el incumplimiento del trabajo remoto por parte de los docentes?

De acuerdo a la normatividad vigente, es un deber del profesor la presentación de dos informes que sustenten el trabajo remoto realizado, en caso no se presente esto acarrearía responsabilidad administrativa.

¿ Los docentes que no realicen el trabajo remoto, se les descontará la
remuneración?

Durante el periodo de aislamiento social las DRE/UGEL realizarán el pago de remuneraciones con normalidad. Si durante la primera semana de reinicio de labores presenciales algún docente no presenta los informes correspondientes, el director deberá informar a la UGEL, la que procederá al descuento de sus remuneraciones. Base Legal Artículo 18 del Decreto de
Urgencia N 026 2020 Numeral 5 5 3 e Incisos g) del numeral 5 7 2 y h) del
numeral 6 4 de la RVM N 088 2020 MINEDU.

¿Se depositará la remuneración del mes de abril de manera regular?

Sí, es obligación de la DRE y UGEL no afectar la naturaleza del vínculo laboral, la remuneración y demás condiciones económicas del servidor A excepción que el servidor no tenga vigente su contrato, se encuentre con licencia sin goce de remuneraciones o cumpliendo cese temporal por sanción.

Ver todas preguntas en el enlace que compartimos a continuación.

Ver aquí:

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE EL TRABAJO REMOTO – DRE y UGEL vf.pdf

 

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