Reasignación Docente 2025: Requisitos generales y adicionales
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Reasignación Docente 2025: Causales por interés personal y unidad familiar
https://www.minedu.gob.pe/reforma-magisterial/reasignacion.php
Reasignación Docente 2025
La reasignación es un proceso que brinda la oportunidad a los docentes nombrados de trasladarse a otra institución educativa manteniendo su mismo cargo. Esta acción de personal se solicita por cinco (5) causales: salud, racionalización, situaciones de emergencia, unidad familiar e interés personal. En estas orientaciones se desarrollará estas dos últimas causales.
Reasignación por unidad familiar: Esta reasignación busca acercar al docente al lugar de residencia de sus familiares directos. Por ello, es importante acreditar el vínculo y la residencia.
Reasignación por interés personal: Esta reasignación se realiza por diversas razones que motivan al docente a trasladarse de institución
educativa.
Reasignación Docente 2025: Requisitos generales y adicionales
La reasignación docente es un proceso que permite a los docentes trasladarse de institución educativa manteniendo su mismo cargo y plaza. Esta acción puede solicitarse bajo diversas causales: unidad familiar, interés personal, salud, racionalización o situaciones de emergencia.
A continuación, te detallamos la información más relevante que debes considerar:
✅ 1. Por Interés Personal
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Tener mínimo tres (3) años de servicios efectivos como docente nombrado.
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Presentar el informe escalafonario, con antigüedad no mayor a 60 días calendario a la fecha de ingreso del expediente.
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Llenar y presentar el Formulario Único de Trámite (FUT) y demás documentos requeridos según el procedimiento de la UGEL.
✅ 2. Por Unidad Familiar
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Tener mínimo un (1) año de servicios efectivos como docente nombrado.
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Presentar:
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Informe escalafonario (requisito indispensable si postula a otra UGEL o región).
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Declaración jurada de domicilio del postulante en el lugar de destino.
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Declaración jurada del familiar directo.
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Documentos que acrediten el vínculo familiar, según corresponda:
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Según el familiar:
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Cónyuge, concubino o unión de hecho:
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Acta de matrimonio, resolución judicial (concubinato) o escritura pública (unión de hecho).
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Hijos menores de edad:
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Copia del DNI del hijo y del postulante.
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Padres mayores de 60 años:
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Copia del DNI del padre y del acta de nacimiento del postulante.
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Hijos mayores de edad o padres con discapacidad:
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Copia del DNI y certificado de discapacidad emitido por Conadis o médico certificador.
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✅ 3. Por Salud
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Se debe acreditar la situación médica mediante documentación sustentatoria oficial.
⚠️ El documento no especifica con detalle los requisitos exactos, por lo que se recomienda consultar la directiva específica del MINEDU para esta causal.
✅ 4. Por Emergencia
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Aplica en situaciones imprevistas que exijan traslado urgente.
⚠️ Se requiere acreditación documentada del hecho imprevisto. Detalles específicos deben ser consultados en la directiva correspondiente.
✅ 5. Por Racionalización
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Aplicable por razones de reordenamiento de plazas docentes.
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La postulación se da como parte de un proceso interno del MINEDU o UGEL.
⚠️ Generalmente no requiere postulación directa del docente.
Etapas de la reasignación:
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Etapa Regional:
Dirigida a docentes dentro de la misma región. Se concursan plazas generadas hasta marzo y las plazas vacantes en la primera fase. -
Etapa Interregional:
Participan docentes de diferentes regiones, para ocupar plazas que quedaron desiertas después de la etapa regional.
Importante: El docente puede postular a más de una UGEL o región, pero solo podrá adjudicarse en una. Se validará la primera adjudicación registrada en el sistema.
Presentación de documentos:
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Completar el Formato Único de Trámite (FUT) dirigido a la UGEL o DRE de destino.
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Adjuntar el expediente completo con los documentos debidamente firmados y con huella digital en las declaraciones juradas.
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Si postulas a colegios militares, presenta el expediente en la UGEL correspondiente al lugar donde se ubique la entidad castrense.
Descarga los formatos oficiales de declaración jurada aquí:
https://www.minedu.gob.pe/reforma-magisterial/reasignacion.php
Otros aspectos relevantes:
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La vigencia de la reasignación será:
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1 de enero de 2025 para docentes del área de gestión institucional.
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1 de marzo de 2025 para docentes del área de gestión pedagógica.
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En casos de IIEE por convenio o EIB, se requieren requisitos adicionales como la propuesta del promotor o el dominio de lengua originaria acreditado en el RNDBLO.
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En caso de no poder asistir a la adjudicación, puedes designar a un representante mediante carta poder simple.
Sitio web de Reasignación Docente:
https://www.minedu.gob.pe/reforma-magisterial/reasignacion.php
Normativa del proceso 2024:
Aprobación del cronograma de la reasignación
Oficio Múltiple N.º 00053-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD | Precisiones para el proceso de reasignación docente por las causales de interés personal y unidad familiar para el año 2025.
Conformación de comités
Oficio Múltiple N.º 00030-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD | Precisiones para la conformación del Comité de Reasignación Docente por las causales de Interés Personal y Unidad Familiar 2025.
Modificación del documento normativo sobre reasignación y permuta
Resolución Viceministerial N° 054-2025-MINEDU | Modifican el documento normativo denominado “Disposiciones para la reasignación y permuta de los profesores en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento”.
Resolución Viceministerial N° 052-2024-MINEDU | Modifican el documento normativo Disposiciones para la reasignación y permuta de los profesores en el marco de la Ley N° 29944 Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento
Conformación de comités de reasignación
Oficio Múltiple N° 00048-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD | Precisiones para la determinación del representante de los profesores como miembro del Comité de Reasignación Docente por las causales de Interés Personal y Unidad Familiar 2024.
Resolución Viceministerial N° 058-2023-MINEDU | Modificar los subnumerales 6.2.6, 7.3.1 y 8.1.7 del documento normativo denominado “Disposiciones para la reasignación y permuta de los profesores en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento”, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 042-2022-MINEDU y modificado por la Resolución Viceministerial N° 151-2022-MINEDU.
Resolución Viceministerial N° 151-2022-MINEDU | Incorporar el subnumeral 13.31 al numeral 13 del documento normativo denominado “Disposiciones para la reasignación y permuta de los profesores en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento”, aprobado por Resolución Viceministerial Nº 042-2022-MINEDU.
Resolución Viceministerial N° 042-2022-MINEDU | Aprobar el documento normativo denominado “Disposiciones para la reasignación y permuta de los profesores en el marco de la Ley N° 29944, Ley de
Reforma Magisterial y su Reglamento”.
Ley de Reforma Magisterial:
Ley N° 29944: Ley de Reforma Magisterial, reglamento y modificaciones
Reforma Magisterial:
Link Oficial: https://www.minedu.gob.pe/reforma-magisterial
Facebook del MINEDU:
https://www.facebook.com/mineduperu
Sitio web oficial del MINEDU:
Diario El Peruano:
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