Impuestos para docentes: ¿Cómo se calcula el Impuesto a la Renta de Quinta Categoría? | Formato Excel
MINEDU | SUNAT | Impuesto de renta de quinta categoría
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
IMPUESTO DE RENTA CATEGORÍA
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Impuestos para docentes: ¿Cómo se calcula el Impuesto a la Renta de Quinta Categoría?
Si eres docente en planilla (ya sea en un colegio público o privado), tus ingresos están sujetos al Impuesto a la Renta de Quinta Categoría, que grava los sueldos y salarios. En este post, te explicamos paso a paso cómo calcularlo y si debes presentar una Declaración Jurada Anual.
¿Qué es la Renta de Quinta Categoría?
Son los ingresos obtenidos por trabajo dependiente, es decir, cuando estás bajo subordinación de un empleador (como el Estado, un colegio privado o una universidad).
¿Los docentes pagan impuestos?
✅ Sí, pero solo si superan el mínimo no imponible (7 UIT al año).
✅ Tu empleador realiza retenciones mensuales automáticas.
✅ En algunos casos, puedes recibir una devolución si te retuvieron de más.
¿Cómo Calcular el Impuesto?
Paso 1: Suma tus ingresos anuales y resta 7 UIT
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Valor de la UIT 2025: S/5,350
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Mínimo no imponible: 7 UIT = S/37,450
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Límite para gastos deducibles: 3 UIT = S/16,050 (ejm: alquileres, capacitaciones)
(Ejemplo Práctico)
Caso: Docente con un salario anual de S/50,000 en 2025.
Resta 7 UIT (S/37,450)
50,000 (ingresos) – 37,450 (7 UIT) = **S/12,550** (base imponible).
Paso 2: Aplica la tasa progresiva del impuesto
Rango o tramo de ingresos: tasa a aplicar
Valor de UIT del 2025: S/ 5,350.00
- 1er Tramo: de 0-5 UIT 8%
- 2do Tramo: de 5 – 20 UIT 14%
- 3er Tramo: de 20- 35 UIT 17%
- 4to Tramo: de 35- 45 UIT 20%
- 5to Tramo: más de 45 UIT 30%
Aplica la tasa del 8% (primer tramo)
S/12,550 × 8% = **S/1004** (impuesto anual a pagar).
Se puede calcular la retención mensual (12 meses):
S/1004 / 12 = **S/83.67** (impuesto mensual a pagar).
Se realizará una demostración en un videotutorial para más casos….!!!
¿Debo Presentar Declaración Jurada Anual?
📌 No es obligatorio si solo tienes rentas de 5ta categoría, excepto si:
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Tienes ingresos adicionales (clases particulares, asesorías).
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Atribuyes gastos de alquiler a tu cónyuge.
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SUNAT lo exige mediante resolución.
Si tienes saldo a favor, SUNAT puede devolverlo automáticamente (devolución de oficio).
Beneficios para Docentes en 2025:
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Mayor deducción: Al aumentar la UIT, puedes descontar más gastos (ejm: cursos, materiales)
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Menor carga tributaria: Quienes ganan cerca del límite de 7 UIT pagarán menos o nada.
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Devoluciones automáticas: Si tus retenciones superan el impuesto, SUNAT devuelve el saldo sin trámite.
Recomendaciones:
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Verifica tus retenciones: Revisa tus boletas de pago o consulta en SUNAT Virtual.
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Conserva comprobantes: Facturas de cursos, alquileres o materiales educativos para deducir.
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Usa la calculadora de SUNAT: Para simulaciones exactas.
Nota: La SUNAT puede devolver el impuesto pago en los siguientes casos (máximo 3 UIT)
- Consumo en restaurantes, bares y hoteles (2023-2025): 15% del total gastado.
- Alquiler de vivienda: 30% del costo del alquiler.
- Honorarios de médicos y odontólogos: 30% de lo pagado (para ti, hijos menores, hijos con discapacidad o cónyuge).
- Pagos a profesionales independientes (2025): 30% de lo pagado por servicios (con recibo electrónico).
- Aportes a ESSALUD por empleada doméstica: 100% de lo pagado (con comprobante).
Para ello se tendrá que acercar a la SUNAT, para obtener los requisitos en las fechas de declaración anual.
Más información aquí: Cálculo del impuesto a la renta
Formato Excel para cálculo de renta:
Este formato lo publicaremos, junto con un videotutorial, en las próximas horas.
Simulador de cálculo de Renta de 5ta categoría:
https://personas.sunat.gob.pe/simuladores/quinta
Sitio Oficial de la SUNAT:
SITIO OFICIAL – REFORMA MAGISTERIAL:
https://www.minedu.gob.pe/reforma-magisterial
Ley N° 29944 | Ley de Reforma Magisterial, reglamento y modificaciones
Facebook del MINEDU:
https://www.facebook.com/mineduperu
Web Oficial del MINEDU:
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