MINEDU: PRECISIONES SOBRE LAS VACACIONES ESCOLARES DE MEDIO AÑO 2023 | Oficio Múltiple N° 00113-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD

MINEDU: PRECISIONES SOBRE LAS VACACIONES ESCOLARES DE MEDIO AÑO 2023 | Oficio Múltiple N° 00113-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD

MINISTERIO DE EDUCACIÓN
PRESTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO EN LAS IIEE PARA EL AÑO 2023
RM N° 149-2023-MINEDU | RM N° 474-2022-MINEDURVM N° 153-2023-MINEDU

Lima, 24 de julio de 2023

OFICIO MÚLTIPLE N° 00113-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD

Señoras/es:
DIRECTORES REGIONALES DE EDUCACIÓN
GERENTES REGIONALES DE EDUCACIÓN
DIRECTORES DE UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL

Presente. –

Asunto : Precisiones sobre las vacaciones escolares de medio año.

Referencias : a) D.S. N° 004-2013-MINEDU
b) Ley N° 28044, Ley General de Educación

De mi mayor consideración:

Tengo el agrado de dirigirme a ustedes, en el marco de las normas de la referencia, con la finalidad de realizar precisiones a considerar, para las vacaciones escolares de medio año, respecto a la forma en que, los profesores comprendidos en la Ley de Reforma Magisterial, deben desempeñar sus labores.

Sobre el particular, se precisa lo siguiente:

1. El artículo 65 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que, las instancias de gestión educativa descentralizada son:
a) La Institución Educativa.
b) La Unidad de Gestión Educativa Local
c) La Dirección Regional de Educación
d) El Ministerio de Educación.

2. El artículo 66 de la precitada Ley señala que la Institución Educativa, es la primera y principal instancia de gestión del sistema educativo descentralizado.

3. El artículo 147 del Reglamento de la Ley N° 29944, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2013-ED, (en adelante Reglamento), señala, en relación a las actividades de los profesores en las vacaciones escolares, que:

“147.1. En las vacaciones escolares de medio año los profesores del Área de Gestión Pedagógica desarrollan actividades propias de su responsabilidad en el trabajo educativo, sin necesidad de asistir a la institución educativa.
Sin embargo, en caso las instancias de gestión educativa descentralizada programen actividades que requieran de la asistencia del profesor, este se encuentra en la obligación de participar en las mismas, caso contrario se procederá con los descuentos correspondientes.

147.2. Los profesores de las otras áreas de desempeño laboral están obligados a asistir a la institución educativa.”

Por lo expuesto, el director(a) de la IE, como la máxima autoridad y representante legal 1 debe comunicar a la UGEL, la forma como el personal a su cargo realizará su labor, en las vacaciones escolares de medio año.

En ese sentido, se solicita que sus despachos garanticen el cumplimiento estricto de lo establecido en la normativa vigente.

Sin otro en particular, hago propicia la oportunidad para expresarles los sentimientos de mi especial consideración.

Atentamente,
(Documento firmado digitalmente)
MARÍA ESTHER CUADROS ESPINOZA
Directora de la Dirección General de Desarrollo Docente

1 Artículo 56 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación.

Ver documento:

 

Descargar normativa: OFICIO_MULTIPLE-00113-2023-MINEDU-VMGP-DIGEDD

ORIENTACIONES PARA SEMANA DE GESTIÓN:

 

Link de Descarga: Orientaciones para las semanas de gestión . pdf

EJEMPLOS DE HOJAS DE RUTA | SEMANA DE GESTIÓN:

Ejemplo de Hoja de ruta para una IE polidocente completa (descargar aquí).

Ejemplo de Hoja de ruta para una IE unidocente (descargar aquí).

Formato de hoja de ruta vacío (descargar aquí).

Ver normativa:

Resolución Ministerial N° 153-2023-MINEDU | 10 de marzo de 2023 | Aprobar la Norma Tecnica denominada «Disposiciones para el Desarrollo de las Semanas de Gestión en las Instituciones Educativas y Programas Educativos en la Educación Básica» – Derogar la Resolución Ministerial N° 221-2021-MINEDU. 

Resolución Ministerial N° 149-2023-MINEDU | 9 de marzo de 2023 | Modificar los numerales 3, 7.4, 8.4, 8.5, 9.2 y 13.4 de la Norma Técnica denominada «Disposiciones para la prestación del servicio educativo en las instituciones y programas educativos de la educación básica para el año 2023», aprobada mediante la Resolución Ministerial N° 474-2022-MINEDU, los cuales quedan redactados mediante el Anexo N° 1 de la presente Resolución. 

Resolución Ministerial N° 474-2022-MINEDU | 30 de noviembre de 2022 | Aprobar la Norma Técnica denominada «Disposiciones para la prestación del servicio educativo en las instituciones y programas educativos de la educación básica para el año 2023», la misma que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. 

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