EL 9 DE DICIEMBRE DE 2022: ES FERIADO NACIONAL | Batalla de Ayacucho | LEY Nº 31381
EL 9 DE DICIEMBRE DE 2022: ES FERIADO NACIONAL | Batalla de Ayacucho | LEY Nº 31381
LEY QUE DECLARA FERIADO NACIONAL EL 9 DE DICIEMBRE EN CONMEMORACIÓN DE LA BATALLA DE AYACUCHO, QUE CONSOLIDÓ LA INDEPENDENCIA DE AMÉRICA
Artículo 1. Objeto de la Ley
La presente ley tiene por objeto declarar el 9 de diciembre como día feriado nacional en todas las entidades e instituciones públicas.
Artículo 2. Modificación del artículo 2 de la Ley 24682
Modifícase el artículo 2 de la Ley 24682 en los siguientes términos:
“Artículo 2.- Declárase el 9 de diciembre día feriado nacional en todas las entidades e instituciones públicas del país por conmemorarse la Batalla de Ayacucho, que consolidó la independencia de América”.
Artículo 3. Modificación del artículo 6 del Decreto Legislativo 713
Modifícase el artículo 6 del Decreto Legislativo 713 en los siguientes términos:
“Artículo 6.- Son días feriados los siguientes:
Desde este año, el 9 de diciembre, día en el que se conmemora la Batalla de Ayacucho, se agrega a la lista de feriados nacionales.
El listado de feriados nacionales aplicables tanto al sector público como al sector privado consta actualmente de 14 días, que se detallan a continuación:
- Año Nuevo (1 de enero)
- Jueves Santo y Viernes Santo (movibles)
- Día del Trabajo (1 de mayo)
- San Pedro y San Pablo (29 de junio)
- Fiestas Patrias (28 y 29 de julio)
- Batalla de Junín (6 de agosto)
- Santa Rosa de Lima (30 de agosto)
- Combate de Angamos (8 de octubre)
- Todos los Santos (1 de noviembre)
- Inmaculada Concepción (8 de diciembre)
- Batalla de Ayacucho (9 de diciembre)
- Navidad del Señor (25 de diciembre)
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los nueve días del mes de diciembre de dos mil veintiuno.
MARÍA DEL CARMEN ALVA PRIETO
Presidenta del Congreso de la República
LADY MERCEDES CAMONES SORIANO
Primera Vicepresidenta del
Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno.
JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República
MIRTHA ESTHER VÁSQUEZ CHUQUILÍN
Presidenta del Consejo de Ministros
Ver normativa:
Ver sitio oficial de Leyes del Congreso de la República:
Sitio oficial del Congreso de la República:
Sitio oficial del Diario El Peruano:
Si te gusta el contenido, comparte en tus Redes Sociales
Suscríbete a nuestro canal Youtube: https://www.youtube.com/c/mundovirtual2021
Sigue nuestro Canal Telegram - Somos Docentes: https://t.me/SomosDocentes2
ÚNETE A NUESTRO GRUPO TELEGRAM PARA DOCENTES: Telegram General | Telegram para docentes de Inicial | Telegram para docentes de Primaria | Telegram para docentes de Secundaria
Sigue nuestro Canal Whatsapp - Somos Docentes y Encuentra Grupos Educativos (desde tu celular): https://whatsapp.com/channel/0029Va1AZ6Q7IUYLpukDT93e
Sigue nuestro Canal Whatsapp - Repositorio Educativo (desde tu celular): https://whatsapp.com/channel/0029Va5hDNoADTOMRSqMT32n
GRUPOS DE WHATSAPP PARA DOCENTES: Primero debes Seguir Nuestros Canales de Whatsapp | Los enlaces de los grupos se encuentran entre las primeras publicaciones ó revisar la información del Canal