Presupuesto del sector Educación para el año 2026, según Ley de Presupuesto del Sector Público 2026 (Ley 32513)
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Ley de Presupuesto 2026
¿Qué comprende el presupuesto del sector Educación para el año 2026 según la Ley 32513?
La Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 (Ley 32513) establece el marco financiero que regula el uso de recursos públicos en todas las entidades del Estado, incluido el sector Educación. Para comprender qué abarca este presupuesto, es necesario revisar los artículos claves de la norma, así como los principios de gasto aplicables al personal docente, auxiliar y administrativo.
A continuación se presenta un análisis claro y fundamentado sobre lo que contempla el presupuesto educativo para el 2026.
1. El presupuesto nacional y su impacto en Educación:
El artículo 1 de la Ley 32513 aprueba el Presupuesto General de Gastos para 2026 por un total de S/ 257 561 619 143,00. Este monto se distribuye entre el Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales. El sector Educación se financia principalmente a través del Gobierno Nacional y de los gobiernos regionales, quienes administran la educación básica, técnico-productiva y superior tecnológica.
La norma detalla la organización del gasto mediante anexos donde se precisan:
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Productos, proyectos y actividades del sector Educación.
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Programas presupuestales vinculados a logros educativos.
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Recursos destinados al pago de personal docente y auxiliar.
Estos anexos son parte integral de la aprobación presupuestal.
2. ¿Qué se financia en el sector Educación en 2026?
El presupuesto educativo para el año fiscal 2026 incluye, de acuerdo con la Ley 32513, los siguientes componentes:
a) Pago de remuneraciones y beneficios del personal educativo
(Artículos 6 y 7)
La ley establece:
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Se prohíbe todo incremento de remuneraciones para docentes, auxiliares, administrativos, CAS y personal universitario.
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Se prohíbe crear nuevos bonos, asignaciones o incentivos.
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Sí se autorizan los beneficios tradicionales:
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Aguinaldo por Fiestas Patrias: S/ 300
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Aguinaldo por Navidad: S/ 300
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Bonificación por escolaridad: S/ 400
Para profesores y auxiliares contratados, esta escolaridad se paga en junio.
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Es decir, el presupuesto cubre las remuneraciones en su estructura actual, sin aumentos.
b) Contrataciones permitidas en Educación
(Artículo 8)
El sector Educación sí puede realizar contrataciones temporales y nombramientos específicos, siempre dentro de las reglas presupuestales:
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Contratación de docentes en educación básica y técnico-productiva.
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Contratación de auxiliares de educación.
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Contratación de docentes en institutos y escuelas superiores.
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Nombramiento de profesores del Magisterio Nacional (cuando corresponda por ley).
Todas estas contrataciones requieren plazas validadas en el sistema NEXUS y el registro en AIRHSP.
c) Gastos operativos e inversiones educativas
(Artículos 9, 10 y 11)
El presupuesto educativo también financia:
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Gastos en bienes y servicios esenciales para el funcionamiento de instituciones educativas.
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Servicios básicos (agua, luz y telefonía), con restricciones para evitar desvíos de fondos.
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Proyectos de inversión en infraestructura educativa y mantenimiento.
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IOARR destinadas a mejorar o reponer infraestructura en riesgo.
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Estudios técnicos necesarios para obras educativas (hasta 5% del PIA regional en inversiones).
La ley pone límites estrictos para evitar transferencias indebidas de recursos asignados a educación hacia otras finalidades.
3. ¿Qué NO permite la Ley 32513 respecto al sector Educación?
La norma prohíbe expresamente:
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Incrementos salariales para docentes, auxiliares o personal administrativo.
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Creación de nuevos conceptos de pago o bonificaciones.
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Horas extras en cualquier régimen laboral.
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Trasladar fondos destinados al pago de docentes o beneficios sociales hacia otros usos.
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Usar recursos de mantenimiento e infraestructura educativa para gastos corrientes.
Estas prohibiciones refuerzan la disciplina y austeridad en el manejo de fondos.
4. ¿Qué fuentes financian el presupuesto educativo?
Según el artículo 2:
El presupuesto nacional se sostiene en las siguientes fuentes:
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Recursos Ordinarios (principal fuente del sector Educación).
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Recursos directamente recaudados.
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Créditos oficiales (préstamos).
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Donaciones y transferencias.
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Recursos determinados.
El sector Educación depende principalmente del Tesoro Público, por lo que su crecimiento está sujeto a la política nacional de gasto.
5. Conclusión
La Ley 32513 define un presupuesto educativo centrado en:
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Mantener el pago de remuneraciones sin incrementos.
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Garantizar beneficios económicos tradicionales para docentes y auxiliares.
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Permitir contrataciones esenciales para la continuidad del servicio educativo.
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Financiar inversiones en infraestructura y mantenimiento escolar.
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Asegurar que los gobiernos regionales no desvíen recursos asignados a fines educativos.
Este marco normativo refleja un enfoque de austeridad y disciplina fiscal, pero también de continuidad en el financiamiento del sistema educativo, priorizando la ejecución responsable del gasto público en un año donde no se autoriza ningún aumento salarial para el personal del sector.
Ver Ley:
Ley N° 32513, N° 32514 y N° 32515 | Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2026.
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