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Contrato docente 2025: Docentes con CONADIS se adjudicarían primero en la tercera etapa de evaluación de expedientes

Ministerio de Educación | Evaluación Docente | Contrato docente 2025 | Evaluación por expedientes | Etapa de Evaluación de Expedientes

MINISTERIO DE EDUCACIÓN
CONTRATACIÓN DOCENTE 2025
Decreto Supremo N° 002-2025-MINEDU
https://www.minedu.gob.pe/reforma-magisterial/contrato.php

Contratación Docente 2025

Es un proceso que garantiza el servicio educativo y asegura que los estudiantes cuenten con sus profesores desde el primer día de clases.

Tercera Etapa: Contratación por evaluación de expedientes

i. Se convoca cuando se agotan los cuadros de méritos de la PN y aún existen plazas u horas de horas vacantes desiertas.

ii. Los postulantes deben contar con título pedagógico, bachiller en educación, egresado en educación, estudios concluidos o no concluidos en educación, u otros estudios que acrediten los perfiles adicionales aprobados por la DRE.

iii. En caso no existan postulantes con mayor nivel de formación académica, excepcionalmente, solo para las IIEE EIB del nivel inicial de zona amazónica se permite postulantes con título de secundaria y experiencia docente mínima de un (01) año.

Docentes con CONADIS se adjudicarían primero en la tercera etapa de evaluación de expedientes

El proceso de Contratación Docente 2025, regulado por el Decreto Supremo N° 002-2025-MINEDU, establece distintas etapas para la selección y adjudicación de plazas docentes. Una de ellas es la tercera etapa: Contratación por evaluación de expedientes, que se activa cuando ya se han agotado los cuadros de méritos de la Prueba Nacional (PN) y aún existen plazas vacantes.

En este contexto, surge la interrogante: ¿los docentes que cuentan con certificación de discapacidad emitida por el CONADIS pueden acceder de manera preferente a la adjudicación de plazas en esta tercera etapa?

Base normativa: La Octava Disposición Complementaria

La Octava Disposición Complementaria del Decreto Supremo N° 002-2025-MINEDU establece lo siguiente:

OCTAVA. – El comité de contratación docente, previo al inicio del acto de adjudicación dispuesto en los numerales 23.6 y 24.14 referido a la adjudicación por resultados de la PN y de evaluación de expedientes, respectivamente, adjudica a los postulantes que cuenten con:

i) Discapacidad física o motora que le impida el desplazamiento a lugares alejados, y
ii) Discapacidad severa, acreditada con certificado de discapacidad expedido por el CONADIS, en el marco de lo establecido en la Resolución Ministerial N° 013-2015-MINSA.

Este beneficio aplica tanto en la adjudicación de plazas por resultados de la PN como en la evaluación de expedientes, lo que confirma que los docentes con discapacidad severa tienen derecho a ser adjudicados antes que otros postulantes en la tercera etapa de contratación docente.

Aplicación en la tercera etapa: Evaluación de expedientes

La tercera etapa de contratación docente se activa únicamente cuando se han agotado los cuadros de méritos de la PN y aún existen plazas disponibles. Los postulantes pueden participar con los siguientes niveles de formación académica:

  • Título pedagógico.
  • Bachiller en educación o egresado en educación.
  • Estudios concluidos o no concluidos en educación.
  • Otros estudios que acrediten los perfiles adicionales aprobados por la DRE.

Además, en caso de instituciones educativas EIB en zonas amazónicas, de manera excepcional, pueden participar postulantes con título de secundaria y mínimo un año de experiencia docente.

Dado que la Octava Disposición Complementaria establece que los postulantes con discapacidad severa deben ser adjudicados antes del acto de adjudicación general, esto significa que en la tercera etapa los comités de contratación están obligados a priorizar a los docentes con certificado CONADIS antes de continuar con la adjudicación de los demás postulantes.

Consideraciones y recomendaciones

Para que esta preferencia se aplique correctamente, se recomienda que:

  1. Los docentes con discapacidad severa presenten su certificado CONADIS al momento de la inscripción.
  2. Los comités de contratación en cada UGEL prioricen su adjudicación antes de iniciar el proceso de evaluación de expedientes de otros postulantes.
  3. Se supervise el cumplimiento de esta disposición a nivel nacional para garantizar la equidad en el proceso de contratación docente.

Conclusión

En conclusión, sí es posible que los docentes con CONADIS sean adjudicados primero en la tercera etapa de evaluación de expedientes, conforme a lo establecido en la Octava Disposición Complementaria del Decreto Supremo N° 002-2025-MINEDU. Esta disposición busca garantizar un acceso equitativo al proceso de contratación docente, priorizando a aquellos que enfrentan barreras significativas en el acceso al empleo debido a su condición de discapacidad.

📌 Fuente Oficial: Contratación Docente 2025 – MINEDU

Orden para presentar expedientes para la Etapa de Evaluación de Expedientes 

📅 Fecha: Del 25 al 27 de febrero de 2025
📍 Lugar: Mesa de partes de la UGEL o DRE correspondiente.
🔎 Consulta el directorio oficial de UGEL/DRE aquí: 👉 Directorio UGEL/DRE

Requisitos para la presentación del expediente:

Para postular en esta etapa, los expedientes deben estar debidamente organizados y presentados en el siguiente orden:

1️⃣ Formato Único de Trámite (FUT), especificando la modalidad educativa, nivel o especialidad a la que postula.
2️⃣ Copia del DNI (vigente y legible).
3️⃣ Estudios de pregrado:

  • Título profesional pedagógico (adjuntar resolución de inscripción del título en la DRE) algunas UGEL incluso exigen constancia de SUNEDU
  • Título de Segunda Especialidad en Educación (si aplica).
  • Constancias de estudios o título profesional técnico, según corresponda.
    4️⃣ Anexos obligatorios:
  • 📝 Anexo 8: Declaración jurada para el proceso de contratación.
  • 📝 Anexo 9: Declaración jurada de registro (REDERECI, REDAM, RNSSC) y delitos dolosos.
  • 📝 Anexo 10: Declaración jurada de parentesco y nepotismo.
  • 📝 Anexo 11: Declaración jurada de doble percepción en el Estado.
  • 📝 Anexo 12: Declaración jurada de elección de sistema de pensiones.
    5️⃣ Constancia de lengua originaria, para docentes de inicial, primaria y secundaria en especialidades de comunicación y ciencias sociales.
    6️⃣ Talleres, capacitaciones y especializaciones realizadas en los últimos cinco años (desde 2020).
    7️⃣ Experiencia laboral: Adjuntar resoluciones y boletas de pago (solo de marzo y diciembre).
    8️⃣ Méritos: Resoluciones de felicitación por desempeño destacado emitidas por MINEDU, DRE o UGEL.
    9️⃣ Certificados de discapacidad emitidos por CONADIS y constancias de las fuerzas armadas (si aplica).

🔹 Importante: Cada UGEL/DRE puede establecer requisitos específicos para la presentación de expedientes, por lo que se recomienda estar atentos a sus indicaciones oficiales.

Pautas adicionales:

Los postulantes presentan un único expediente ante una sola UGEL. Si presentan en más de una UGEL, solo se considerará la primera postulación.
Los documentos deben estar foliados en la parte superior derecha y ordenados correctamente.
No es obligatorio que los documentos estén fedateados, salvo los títulos pedagógicos, los cuales deben estar certificados por la DRE correspondiente.
En caso de observaciones en el expediente, el postulante tiene hasta la fecha de presentación de reclamos para subsanarlas.
Los anexos deben estar firmados y con huella digital. La falta de firma o impresión dactilar será considerada como OBSERVADO, debiendo subsanarse antes del cierre del plazo de presentación.
Los postulantes a plazas de Educación Intercultural Bilingüe (EIB) deben contar con certificación de dominio de lengua originaria e incorporación en el RNDBLO.

📄 Descarga los anexos y revisa más información en el portal oficial del MINEDU: 👉 Contratación Docente 2025

Anexos editables:

Anexo 3 | Nivel de dominio mínimo requerido en la lengua originaria.

Anexo 4 | Rango de prelación del dominio de la lengua originaria para postular a plazas EIB.

Anexo 6 | Formación académica por cargo, modalidad educativa, nivel o ciclo y área curricular o campo de conocimiento para la etapa de contratación directa, por evaluación de expedientes y por situaciones diferenciadas; y orden de prelación para adjudicar en los siguientes niveles educativos, áreas curriculares y campos de conocimiento, en IIEE y programas educativos.

Anexo 8 | Declaración jurada para el proceso de contratación.

Anexo 9 | Declaración jurada de registro, (REDERECI), (REDAM), (RNSSC) y delito doloso.

Anexo 10 | Declaración Jurada de Parentesco y Nepotismo.

Anexo 11 | Declaración jurada de doble percepción en el Estado.

Anexo 12 | Declaración jurada de elección de sistema de pensiones-Ley N° 28991.

Anexo 19 | Carta del director de la IE/CETPRO señalando turno y hora de ingreso y salida en el año lectivo.

Anexo 20 | De las bonificaciones especiales.

Cronograma Oficial de Contrato Docente 2025:

Cronograma sobre la contratación docente 2025

Sitio Oficial de Contrato Docente:

https://www.minedu.gob.pe/reforma-magisterial/contrato.php

y adicionalmente puede revisar: Determinación de postulantes habilitados para la contratación docente 2025 – 2026.

Ver Normativa:

Norma técnica del proceso de contratación docente 2025

Decreto Supremo N° 002-2025-MINEDU | 6 de febrero de 2025Aprobación de la Norma que regula el procedimiento, requisitos y condiciones para la contratación y renovación de profesores en el servicio docente en educación básica y técnico-productiva, en el marco de la Ley 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones.

Aprobación del cronograma del proceso de contratación docente 2025

Oficio Múltiple N° 00011-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDDPrecisiones para la implementación del proceso de contratación docente en plazas de educación básica y técnico productiva para el año 2025

Norma técnica del proceso de contratación docente 2024

Decreto Supremo N° 020-2023-MINEDU | Decreto Supremo que aprueba la norma que regula el procedimiento, requisitos y condiciones para la contratación de profesores y su renovación del Contrato de Servicio Docente en Educación Básica y Técnico-Productiva, en el marco de la Ley N° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones.

RVM N° 103-2024-MINEDU | Modifican fechas de las Actividades 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19 del Anexo XIV de la Norma Técnica denominada “Norma que regula el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública – 2024 y que determina la relación de postulantes habilitados para la Contratación Docente 2025-2026 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica”.

RVM N° 049-2024-MINEDU | Modifican Norma que regula el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública – 2024 y que determina la relación de postulantes habilitados para la Contratación Docente 2025-2026 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica, aprobada por R.VM. Nº 037-2024-MINEDU.

Resolución Viceministerial N° 037-2024-MINEDU | 3 de abril de 2024 | Aprobar la Norma Técnica denominada “Norma que regula el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial – 2024 y que determina la relación de postulantes habilitados para la Contratación Docente 2025-2026 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica”, la misma que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. PDF | 1.4 MB | Descargar

LEY DE REFORMA MAGISTERIAL:

Ley N° 29944: Ley de Reforma Magisterial, reglamento y modificaciones

REFORMA MAGISTERIAL:

Link Oficial: https://www.minedu.gob.pe/reforma-magisterial

Facebook del MINEDU:

https://www.facebook.com/mineduperu

Web Oficial del MINEDU:

http://www.minedu.gob.pe

Diario El Peruano:

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