Docentes y administrativos podrán ingresar a colegios privados para facilitar el servicio educativo remoto

Esta labor es opcional y bajo ninguna circunstancia los colegios privados pueden disponer que este personal asista de manera obligatoria.

Los docentes y el personal administrativo de escuelas privadas que brindan el servicio educativo no presencial durante la emergencia sanitaria podrán ingresar a sus respectivos centros educativos, de maneras excepcional y solo si es estrictamente necesario para desarrollar actividades que aseguren y faciliten la continuidad de las clases a distancia durante el año escolar 2020.

La resolución viceministerial N° 099-2020-MINEDU, publicada en el diario oficial El Peruano, autoriza al personal acreditado de cada institución educativa a ingresar a su centro de labores para realizar tareas que faciliten prestación del servicio educativo, siempre que estas no se puedan realizar de manera remota.

Con esto, los docentes y administrativos podrán utilizar los sistemas de comunicación, plataformas informáticas y tecnologías de la información de la institución educativa que garanticen la conectividad de los docentes a medios virtuales y ayuden en la preparación de las clases escolares a distancia.

Asimismo, por única vez, el personal podrá recoger y trasladar libros, cuadernos de trabajo, guías metodológicas, archivos informáticos y todo el material educativo en general que facilite el cumplimiento del trabajo pedagógico.

Los docentes y directivos también podrán tener acceso al registro de evaluaciones en los sistemas internos de la escuela y podrán realizar el mantenimiento de los medios y plataformas informáticas.

Es importante recalcar que la realización de estas tareas de manera presencial solamente se puede dar en caso sea imposible realizarlas de de modo remoto. La resolución viceministerial señala que bajo ninguna circunstancia instituciones de educación básica quedan facultadas a disponer que el personal docente y administrativo asista de manera obligatoria a los centros educativos.

Fuente: DRELM

Web Oficial de la DRELM:

http://www.drelm.gob.pe/

Revisar la Normativa:

Resolución Viceministerial N° 099-2020-MINEDU

Disponer que las instituciones educativas de gestión privada de la educación básica que brindan servicios educativos no presenciales durante el año escolar 2020, permitan, de manera excepcional y en caso las actividades listadas en el presente artículo no puedan ser desarrolladas de manera remota, el ingreso de su personal docente y administrativo a sus instalaciones,

Descargar normativa:

RVM N° 099-2020-MINEDU

Web Oficial del MINEDU:

http://www.minedu.gob.pe/

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